Capitulo Undécimo
"De La Escuela de Técnicos en Radiología" (ETR) de la Sociedad Mexicana de Radiología e Imagen
Artículo 64o.-
a.) El gobierno de la Escuela se hace a través de un Director nombrado o ratificado por la Mesa Directiva de la Sociedad quien firmará un contrato de servicios.
b.) La Escuela de Técnicos se regirá por un Reglamento interno, discutido y aprobado anualmente por la Mesa Directiva y en congruencia con el Estatuto de la Sociedad y de las normas de la S.E.P.
c.) El programa de enseñanza y las cuotas deberán ser evaluados y aprobados por la Mesa Directiva de la Sociedad.
d.) El Director, deberá rendir un informe mensual a la Mesa Directiva y anual a la Asamblea por escrito.
e.) El emblema de la Escuela de Técnicos en Radiología está constituido por el mapa de la República Mexicana, cruzado por un tubo de Rayos X en dirección noreste-suroeste y rodeado por el nombre de la Escuela y las siglas de la Sociedad.
f.) La Revisión del plan de estudios se hará cuando menos cada 3 años y será encabezada por el Secretario General de la SMRI y el Director de la ETR.