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Capitulo
Duodécimo
"De
la
Relación
con
la
Federación Mexicana
de
Radiología e
Imagen A.C.” (FMRI)
Artículo 65o.-
Por
decisión de la Asamblea de fecha siete de octubre de mil novecientos
setenta y cuatro, la Sociedad Mexicana de Radiología, A.C., se
constituyó en Co-fundadora con otras Sociedades de la República
Mexicana, de la Federación Mexicana de Sociedades de
Radiología, A.C., actualmente Federación Mexicana de Radiología e
Imagen, A.C., cuyos fines generales y nacionales se encuentran
relacionados con la especialidad.
Artículo 66o.-
La
participación de la Sociedad Mexicana de Radiología e Imagen, A.C. en
el Gobierno y decisiones de la FMRI se hace a través de dos Delegados
y sus respectivos suplentes quienes ejecutaran los acuerdos de la Mesa
Directiva o de la Asamblea de la SMRI. La elección de delegados será
de acuerdo al siguiente reglamento:
a.) La
Mesa Directiva nombrará a los miembros Titulares o miembros de la
misma Mesa Directiva que representarán a la SMRI en las asambleas de
la FMRI.
b.) Los
Delegados deberán ser miembros titulares con derechos vigentes, de
reconocida calidad moral, haber ocupado un puesto en la Mesa Directiva
y que tenga amplia experiencia en asuntos administrativos y políticos.
c.) Deberán
asistir a todas las Asambleas de la FMRI.
d.) Informarán
por escrito a la Asamblea en la siguiente sesión. Se incluirá en
asuntos varios el informe de los acuerdos tomados en la Asamblea de
FMRI.
e.) La
Mesa Directiva podrá solicitar su baja. El Delegado podrá ser removido
en caso de incumplimiento de sus funciones, de igual forma el Delegado
podrá renunciar al cargo. |